Resumen:
El proyecto de mejora de la calidad del servicio de energía eléctrica y de los índices de confiabilidad a los usuarios del norte del cauca a través del cambio de la topología de la red, es un proyecto desarrollado al interior de una empresa privada de servicios públicos, el cual se justifica principalmente por los beneficios no remunerados, imagen pública, liderazgo, calidad del servicio, reducción de penalizaciones, entre otros; pero no es un proyecto sin ánimo de lucro pues presenta un valor presente neto positivo que lo justifica financieramente.
A diferencia de otros proyectos su ejecución no se verá reflejada por una mayor tarifa sino por pago de peajes CREG, mecanismo que utiliza legalmente el estado para estimular la inversión del sector eléctrico a partir del 2008, reglamentado con la resolución CREG 097, indicando allí: “Que en virtud del principio de suficiencia financiera definido en los Artículos 44 de la Ley 143 de 1994 y 87 de la Ley 142 del mismo año, se debe garantizar a las empresas eficientes la recuperación de sus costos de inversión y sus gastos de administración, operación y mantenimiento, y permitir la remuneración del patrimonio de los accionistas en la misma forma en la que lo habría remunerado una empresa eficiente en un sector de riesgo comparable”